Así como comentábamos hace algunos días el caso de Italia, y siguiendo la tendencia europea -con Francia, Alemania y Reino Unido a la cabeza-, es ahora el Gobierno austríaco el que aprobó la creación de su propio impuesto a los servicios digitales.
La economía digital llegó para quedarse. Empero con ella también una serie de problemáticas que van desde la responsabilidad civil y comercial de los intermediarios de Internet hasta la detección y persecución de los ciberdelitos. ¿A quién se le reclama, en dónde? Afortunadamente, en estos últimos años por fin comprendimos que, aún funcionando a través de la Red, también Facebook y Google deben responder por nuestra privacidad, Glovo y Deliveroo por las relaciones laborales y Uber y Cabify por las leyes de transporte.
Sin embargo, todos estos servicios digitales, que no requieren de presencia física para funcionar dentro de un país, no son fáciles de regular. Y el derecho tributario no es ajeno a esta dificultad.
Las empresas prestadoras de servicios digitales, como otras, realizan diversas maniobras tendientes a evitar cargas tributarias. Sin embargo, las tecnológicas más globalizadas la tienen mucho más fácil, es que por la calidad de los servicios que prestan, no necesitan de estructuras, edificios ni empleados. Con solo algunos servidores y una aplicación online facturan millones en diversos países sin siquiera pisarlos, lo que hace a su fiscalización mucho más complicada.
Apple es un buen ejemplo de ello, hace algunos meses la Unión Europea le reclamó nuevamente miles de millones de euros en impuestos “atrasados”. Es que los de Cupertino, como otras del rubro, llevan adelante prácticas que para la UE son de “planificación fiscal agresiva”. Ya no se habla de evasión, sino de esquemas fiscales cuya única intención es (pagar menos y) erosionar las bases imponibles de los países donde se encuentran los consumidores.
Como puede verse en la imagen anterior, una de las maniobras preferidas de las grandes de la tecnología es (o solía ser) la “doble irlandesa”. Las cinco compañías mejor cotizadas en las bolsas del mundo no poseen los derechos intelectuales ni llevan a cabo la facturación de sus servicios, sino que estas funciones se encuentran en cabeza de (dos) empresas ubicadas en Irlanda, donde además de tener los impuestos más bajos de la UE llevan a cabo “tax rulings” con el gobierno local para abonar aún menos tributos. Sin ahondar en detalles, la mecánica continúa con el pago de regalías entre ellas (desde la que factura a la que posee los derechos), que está exento de impuestos en ese país, y el dinero termina en alguna otra empresa constituida en algún paraíso fiscal como las Islas Bermudas o las Islas Cayman.
La cuestión es que los principales países del mundo se han percatado de esto, y desde hace algún tiempo vienen estudiando cómo solucionar este corrimiento de beneficios. Es que, según la Comisión Europea, mientras las empresas “tradicionales” pagan a nivel comunitario un promedio de 25% en impuestos, las prestadoras de servicios digitales no llegan ni al 10.
El primer intento europeo fue la llamada “Tasa GAFA” (por Google, Apple, Facebook y Amazon), sin embargo el conflicto de intereses entre perjudicados y beneficiados por régimen actual no les permitió llegar a buen puerto, es que la UE requiere -para la creación de un tributo como el mencionado- la imposible aprobación de todos los Estados Miembros. Es así que, aún en contra de las recomendaciones de la OCDE en cuanto a las iniciativas unilaterales de impuestos a los servicios digitales, Francia aprobó su versión local del tributo que desde enero 2020 estará vigente. De hecho, en los últimos días, Italia hizo lo propio, y cabe recordar que tanto España, como en Alemania y Reino Unido existen proyectos también que buscan gravar los servicios digitales conforme la ubicación de los usuarios.
Siguiendo la tendencia europea, el Gobierno austríaco aprobó la creación de su propio impuesto a los servicios digitales…
La noticia ahora, conocida a través de Bloomberg, es que el Consejo Federal de Austria aprobó la creación de un impuesto local (del 5%) a los servicios de publicidad digital que sigue el “principio de destino” (dando potestad tributaria al lugar donde se encuentra el mercado de consumo, y siguiendo el criterio impulsado por la Comisión Europea y la propia OCDE), contrario al añoso y arraigado principio “de territorialidad”.
En una primera etapa, el objetivo del gravamen serán las empresas que obtengan ingresos -por publicidad digital- superiores a los 750 millones de euros a nivel mundial y los 25 millones de euros a nivel local. El Gobierno de Austria espera recaudar desde 2020 unos 200 millones de euros extra por año.
¿Conseguirá la OCDE una propuesta global?